Desde la entrada en vigor de la nueva ley de procedimiento administrativo (el pasado 2 de octubre) hay novedades que suponen cambios en los plazos para contestar cualquier notificación de hacienda.
Entre estas novedades es la consideración de los sábados como días inhábiles., por lo que ahora se excluyen del cómputo, los sábados los domingos y los festivos. Y si el plazo finaliza en sábado, dicho plazo se prolongará hasta el siguiente día hábil. (En general hasta el lunes siguiente, salvo que sea festivo).